Incentivos I+D+i

Las deducciones fiscales por I+D+i son uno de los instrumentos utilizados por la Administración General del Estado para fomentar, en el sector empresarial, las inversiones en Innovación.

Regulados en el artículo 35 del TRLIS, constituyen unos incentivos muy ventajosos que posibilitan el retorno de parte de los gastos I+D+i de la empresa, siendo, además, compatibles con ayudas públicas y de aplicación en un periodo de hasta 15 ejercicios fiscales.

Deducción por actividades de I+D: Hasta el 42% de los gastos asociados al proyecto, 17% de los gastos asociados al personal con dedicación exclusiva, y el 8% de los bienes afectos exclusivamente a I+D
Deducción por Innovación: El 12% de la base de la deducción (según L 2/2011)

Realizamos un análisis integral de sus ejercicios fiscales, estudiando la deducción asociada a todas las actividades de I+D+i identificadas.

En caso de proyectos de I+D+i identificados por la empresa, estudiamos la deducción asociada a cada uno de ellos. Realizamos los siguientes trabajos para cada actuación detectada:

  1. Determinación de naturaleza (I+D o IT) y duración (anual o plurianual).
  2. Determinación de base de deducción de cada actuación: gastos e inversiones.
  3. Determinación de deducción.
  4. Solicitud del Informe Motivado en su caso.
  5. Cálculo del cómputo de la deducción total de la actividad de la empresa.
bombillas forman una flor